Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 10 de diciembre de 2012, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre la Universidad San Jorge y el Gobierno de Aragón para la realización de campañas de sensibilización para la prevención de accidentes de tráfico.

Publicado el 28/12/2012 (Nº 252)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. h6c00n1075 el convenio suscrito, con fecha 5 de diciembre de 2012, por el Rector Magnífico de la Universidad San Jorge y el Consejero de Política Territorial e Interior del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación el citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 10 de diciembre de 2012.

En Zaragoza, a 5 de diciembre de 2012, reunidos:

De una parte, el EXcmo. Sr. D. Antonio Suárez Oriz, Consejero del Departamento de Política Territorial e Interior, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, habilitado al efecto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de noviembre de 2012.

De otra, D. Carlos Pérez Caseiras, Rector Magnífico de la Universidad San Jorge, reconocida por la Ley 1/2005, de 24 de febrero, de Cortes de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón" de 25 de febrero), cuya personalidad jurídica la sostiene la Fundación Universidad San Jorge, entidad domiciliada en el Campus Universitario de la localidad de Villanueva de Gállego (50830). Actúa en representación de dicha institución en virtud de las facultades atribuidas a quien ocupe el cargo de Rector de la Universidad San Jorge en la escritura de poder otorgada ante el notario de Zaragoza don Fernando Gimeno Lázaro, en sustitución de don Adolfo Calatayud Sierra, el 10 de febrero de 2.009, el número 239 de su protocolo.

Ambas partes se reconocen, en el concepto en que respectivamente intervienen, capacidad suficiente para el otorgamiento del presente acto, a cuyo efecto manifiestan:

Que el Departamento de Política Territorial e Interior del Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Interior, según consta en el artículo 15.1d) del Decreto 332/2011, de 6 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Política Territorial e Interior, le corresponde la planificación, organización y gestión de los servicios de emergencia y protección civil.

Que el Departamento de Política Territorial e Interior, muestra su gran preocupación por la siniestralidad en las carreteras durante la celebración de las fiestas patronales en el territorio aragonés y por ese motivo durante el mes de agosto ha puesto en marcha la campaña "Con la carretera no se juega" en colaboración con Stop Accidentes, la Federación Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias y la Universidad San Jorge.

Que dicha campaña ha estado centrada en la necesidad de buscar un conductor responsable en los desplazamientos a las fiestas de los pueblos, ha contado con la emisión de más de un centenar de "spots" en Aragón Televisión y el reparto de cartelería en todos los municipios aragoneses.

Que la Universidad San Jorge, como entidad promovida por la Fundación Canónica San Valero y reconocida por las Cortes de Aragón desde el año 2005, tiene como fines entre otros, la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y la cultura, así como la difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida, y del desarrollo económico.

En este contexto, la Universidad San Jorge quiere poner sus capacidades docentes e investigadoras al servicio de la sociedad mediante la adecuada formación de profesionales preparados para atender a sus necesidades cambiantes. Por ello, ha considerado conveniente reforzar los vínculos entre el mundo académico universitario y la sociedad a través de sus instituciones. Este es el motivo del presente convenio: desarrollar, potenciar y fortalecer las relaciones entre ambas instituciones a través del desarrollo de proyectos con los que se puedan cumplir los fines explicados anteriormente

Por todo ello y en su virtud, el Gobierno de Aragón y la Universidad San Jorge, otorgan el presente convenio con sujeción a las siguientes cláusulas:

Primera.- Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Universidad San Jorge para la realización de campañas de sensibilización para la prevención de accidentes de tráfico.

Segunda.- Fines.

Para la consecución de los objetivos del convenio se realizarán las siguientes actuaciones:

a) La Universidad San Jorge será la encargada de realizar dos campañas de sensibilización para la prevención de accidente de tráfico, una en verano y otra en invierno. Las campañas constarán de un video, para su emisión en la Televisión Autonómica y un cartel para su difusión en todos los municipios aragoneses.

b) Puesta a disposición de la Universidad San Jorge por parte del Gobierno de Aragón de los medios, recursos y personal de que disponga para la difusión de las campañas de sensibilización realizadas por los alumnos de dicha Universidad.

Tercera.- Realización del video.

Será competencia de la Universidad San Jorge de Zaragoza la elaboración de un guión y de un cartel, previamente aprobado por el Departamento de Política Territorial e Interior. También corresponde a la Universidad San Jorge la grabación, producción y post-producción del anuncio.

Será competencia del Departamento de Política Territorial e Interior la selección de la temática del anuncio, así como el slogan que figurará en cada campaña.

Cuarta.- Difusión.

La difusión del anuncio con la campaña de sensibilización para la prevención de accidentes de tráfico corresponderá al Departamento de Política Territorial e Interior, a través de los medios que se dispongan en el momento de la difusión (medios de comunicación, FAMCP...).

En cuanto al cartel con la imagen de la campaña, el Departamento de Política Territorial e Interior se compromete a hacerlo llegar a todos los municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón, a través de los medios que consideren oportunos.

Quinta.- Logotipos.

El logo de la Universidad San Jorge convivirá con el logo del Departamento de Política Territorial e Interior, y con otros logotipos que favorezcan la difusión de esta campaña, en todas las acciones que se realicen para la sensibilización en la prevención de accidentes de tráfico.

A estos efectos, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional, con carácter previo a la realización de las actuaciones, se solicitará informe de la referida Comisión, con el objeto de comprobar el cumplimiento de los criterios que regulan el uso de de la identidad corporativa del Gobierno de Aragón.

Sexta.- Comisión de coordinación.

Para la gestión de lo pactado en el presente convenio se constituirá una comisión de coordinación, integrada por representantes del Departamento de Política Territorial y de la Universidad de San Jorge.

En el seno de esta comisión se concretarán las actuaciones a las que se hace referencia en las cláusulas segunda y tercera, asimismo cada una de las partes de la Comisión, podrá proponer las precisiones, actualizaciones, modificaciones y revisiones que hayan de hacerse al presente convenio, a la vista de la marcha del servicio.

Séptima.- Vigencia y resolución.

La vigencia del presente convenio se establece hasta el 31 de diciembre de 2012, prorrogándose anualmente, con la aprobación de ambas partes de la correspondiente addenda.

Igualmente, podrá resolverse por incumplimiento de los términos acordados en el mismo, procediéndose, en tal caso, a la liquidación de las obligaciones que se hubieran contraído, así como a la depuración de las posibles responsabilidades a las que hubiera lugar.

Octava.- Naturaleza.

Este convenio tiene naturaleza administrativa, y se regulará por lo dispuesto en los artículos 6 y 8 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás normas de derecho administrativo aplicables, y en defecto de estas últimas por las normas de derecho privado, siendo competente para entender de los litigios que pudieran surgir, la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, quedando uno en poder de cada una de ellas.